AUTORIZACIÓN  DE TRABAJO MENOR DE EDAD

La norma laboral autoriza excepcionalmente a los menores de dieciocho años y mayores de quince a celebrar contratos de trabajo sólo para realizar trabajos ligeros que no perjudiquen su salud y desarrollo siempre que cuenten con autorización expresa del padre o madre.

Requerimientos

  • Comparecencia personal del padre o madre con cédula de identidad vigente.
  • Certificado de nacimiento
  • Acreditar haber culminado educación media, estar cursando ésta o educación básica

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    DATOS DEL SOLICITANTE

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    DATOS DE LA EMPRESA QUE SE AUTORIZA

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    PROGRAMACIÓN RETIRO DE DOCUMENTO

    Fecha

    Los documentos solicitados los días viernes y sábado, se debe agendar la entrega para el día martes de la semana siguiente.

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